Un balazo en la frente acabó con la vida de Carlos Alberto Bonilla López, de 17 años de edad. Jesner Josué Rivas, de 16 años, fue fulminado por otro disparo en el pecho. Ángel Reyes, de 16 años de edad, fue atropellado intencionalmente por un autobús. A José Abraham Amador, de 17 años, una bala le perforó los pulmones. Richard Eduardo Pavón Bermúdez, de 17 años, cayó de una ráfaga en el tórax.

No solo Álvaro Conrado, adolescente de 15 años de edad, fue el único menor de edad que murió durante la crisis política que vive el país desde hace más de un mes. La lista de la Asociación Nicaragüense Pro Derechos Humanos (ANPDH), elaborada entre el 19 de abril y el 18 de mayo, registra al menos seis menores de 18 años muertos durante los enfrentamientos.

La lista continúa: 15 jóvenes de entre 18 y 20 años edad murieron en los últimos 39 días. El promedio de edad de los fallecidos en las protestas es de 29.86 años. De todas las bajas, 74 fueron hombres y dos mujeres: la oficial de policía Juana Francisca Aguilar Cano, de 19 años de edad, y la ciudadana Lilliam Jaqueline Martínez, de 18 años, cuya muerte no ha sido totalmente esclarecida en Boaco.

El lunes pasado la CIDH confirmó que 76 personas fallecieron durante las protestas. ANPDH, uno de los tres organismos de derechos humanos más importantes del país, presentó una lista que coincidió con el número de muertes que contabiliza el organismo internacional.

El informe de la CIDH fue preliminar, pero advirtió que la situación de Nicaragua es de “grave riesgo”. Mientras que Álvaro Leiva, secretario de ANPDH, calificó estas acciones como crímenes de “lesa humanidad”.

Disparos a la cabeza

Quizás el dato más alarmante de las muertes son las 34 personas que recibieron disparos en el cuello, pecho o cabeza. En su informe, la CIDH recoge que “varios testimonios hablan del uso de francotiradores en lugares como el Estadio Nacional (de Beisbol) y en Matagalpa”.

Según la lista, 17 personas fueron asesinadas de disparos a la cabeza, 13 al pecho y cuatro al cuello. Aunque este informe es preliminar, ANPDH pudo comprobar que 65 personas murieron después de recibir disparos, pero todavía existen 21 casos donde no se ha podido verificar en qué lugar del cuerpo les impactaron.

“Estos graves hechos indican la posibilidad de que se habrían registrado ejecuciones extrajudiciales”, cita el documento.

Existen dos fallecimientos por causas desconocidas. Además, ocurrieron muertes tan extrañas como las dos personas que quedaron calcinadas cuando intentaban quemar Radio Darío, en León, el cadáver de Carlos Antonio Flores Ríos —encontrado descuartizado de cabeza, manos y genitales—, y otros ciudadanos que fallecieron macheteados o tras una golpiza.

Durante las protestas, hubo muertes en ocho diferentes departamentos del país: Managua, Matagalpa, Masaya, León, Caribe Norte, Estelí, Boaco y Río San Juan. El lugar donde ocurrió la mayoría de muertes fue en Managua, con 53; seguido de Matagalpa, seis; mientras que León y Masaya registraron cinco en cada uno.


Crímenes de lesa humanidad

El informe que emitió la CIDH es preliminar, pero la Comisión ha prometido regresar pronto a Nicaragua para brindar un documento conclusivo sobre la situación en el país. La próxima instancia, en materia de derechos humanos, es la visita de un comisionado de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que podría llevar el caso ante la Corte Penal Internacional, que solamente tiene jurisprudencia sobre los delitos más graves, como el genocidio, crímenes de guerra y agresión, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Roma, vigente desde 2002.

El artículo 7 del Estatuto de Roma califica los delitos de lesa humanidad como asesinato; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de población; encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; tortura; violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido; desaparición forzada de personas; apartheid.

Para que un caso llegue a los tribunales de la Corte Penal, en La Haya, Países Bajos, debe pasar por varias verificaciones exhaustivas que comienzan por pesquisas preliminares para determinar si la evidencia del crimen es de suficiente gravedad para que la Corte Penal lo trabaje.

La visita de la CIDH en El Chipote es “para recibir información sobre la situación de derechos humanos de personas privadas de libertad en el contexto de las protestas iniciadas en abril”. LA PRENSA/Tomada del Twitter de la CIDH

Otra de las condiciones es que se emita una petición del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que haría una solicitud de sanción de un responsable específico: los responsables deben tener nombres y apellidos y exime figuras jurídicas, instituciones o Estados.

También, el Estado firmante del Estatuto de Roma puede solicitar investigaciones en el país dado su incapacidad de enjuiciar. Ni la sociedad civil ni las ONG pueden presentar un caso ante la Corte, pero pueden aportar información a la oficina del Fiscal de la Corte.

Los acusados están expuestos a una pena máxima de treinta años de prisión y, en circunstancias excepcionales, hasta cadena perpetua. También estos organismos pueden solicitar a que otros países o instancias sancionen al acusado directamente.

Para que un sentenciado cumpla con su condena debe existir cooperación entre las partes involucradas, tanto el país como la Corte Penal. Es en el país donde cometió los crímenes de lesa humanidad donde debe asumir los años de prisión. En caso de no contar con la infraestructura ni las condiciones para ello, las personas condenadas cumplirán su sentencia en uno de los países miembros de la Corte Penal.


Lisiados

Una bala rozó la parte derecha de la cabeza de Luis González Marenco. Se le ve una cicatriz desde el inicio de la frente hasta la oreja. González fue operado en el Hospital Antonio Lenín Fonseca. Está vivo de milagro. Sin embargo, ahora le cuesta pronunciar su nombre.

Desde que lo operaron, González Marenco balbucea; tiene dificultad para articular palabras. A esta enfermedad los doctores le llaman disartria, impedimento para la expresión oral. Este joven no aparece en ninguna lista de organismos de derechos humanos, pero le han quedado secuelas para toda la vida.

Álvaro Leiva, secretario de ANPDH, lleva a dos ciudadanos golpeados en Masaya, tras enfrentamientos contra la policía. LAPRENSA/M.Esquivel

La CIDH informó que hubo 868 heridos durante el contexto de las protestas. Hasta el momento, aseguró el organismo, seis personas se encuentran en estado delicado: René Martín Torres Monterio y Jaime José Reyes Téyez, en el Hospital Antonio Lenín Fonseca; Néstor Sotelo Ortega y Edy Javier Hernández, en el Hospital Alemán Nicaragüense; David Lizano Altamirano, internado en el Hospital Manolo Morales Peralta; y Wilner Josué Rivas, en la clínica de salud Santa Fe de Matagalpa.

La ANPDH, en cambio, informa sobre 21 lesionados con daño permanente, que incluye a los ciudadanos que perdieron sus ojos durante las protestas.

Un dato que no se ha podido confirmar es el de los desaparecidos. La CIDH no brinda datos sobre estos casos, pero la ANPDH reporta que recibieron denuncias de 85 personas. “El problema es que los familiares reportaron la desaparición, pero no cuando los encontraron, entonces nosotros no hemos podido corroborar cuántos se encontraron y cuántos continúan desaparecidos”, dice Álvaro Leiva, secretario del organismo de derechos humanos.

Los hospitales acusados por restringir el acceso a heridos fueron hospital Cruz Azul, que pertenece al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), y los hospitales públicos Roberto Calderón, Lenín Fonseca, Hospital Escuela Oscar Danilo Rosales Argüello, en León, y Alemán Nicaragüense.

“Los Estados tienen la obligación inderogable de asegurar el derecho de acceso a las instalaciones, bienes y servicios de salud (…) los Estados deben adoptar las medidas necesarias para facilitar ese acceso. Los Estados no deben impedir que el personal sanitario imparta tratamientos médicos a las personas que lo necesitan en el marco de estas situaciones”, expone el informe de la CIDH.

Entre otros datos de gran relevancia, los organismos de derechos humanos registraron que fueron arrestados 438 ciudadanos, entre ellos estudiantes, población civil y defensores de derechos humanos. De esa cantidad, 209 fueron enviados a la cárcel La Modelo, en Tipitapa.

“En muchos de los casos, los detenidos habrían sido objeto de distintas formas de tratos crueles, inhumanos y degradantes durante su retención”, dice el informe, que señala que “fueron objetos de golpes, insultos, o no recibir alimentos y escasa provisión de agua”.

Varios de los detenidos en La Modelo fueron rasurados, esposados con rigor y sometidos a golpes y llaves asfixiantes. “En algunos casos denunciaron haber perdido todas sus pertenencias, incluido los teléfonos celulares que quedaron en manos de los agentes estatales. Durante tres días de detención no fueron puestos a disposición del juez, ni se comunicaron con sus familiares”, agrega el documento.

Responsabilidades

La represión fue encabezada por fuerzas policiales y grupos paramilitares quienes atacaron a los grupos protestantes en cada uno de los departamentos del país, según constató la CIDH en su visita de tres días en Nicaragua.

Desde 2007, poco después de que Daniel Ortega tomara posesión, reformó la Ley 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, que según el experto en seguridad Roberto Orozco introdujo cambios a la Ley de la Policía.

Ortega consiguió suprimir la intermediación del Ministro de Gobernación y pasó a atender directamente a la Policía Nacional. Este proceso culminó en 2014, cuando derogó la Ley 228 y se promulgó la Ley 872, Ley de Organización y Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía, según la cual la institución sigue dependiendo nominalmente del Ministerio de Gobernación, pero funcionalmente ya no depende más que del presidente de la República.

“El Ministro de Gobernación ya no cuenta y a quien se le cuadra la jefa de la Policía Nacional, Aminta Granera, es a Daniel Ortega”, escribe Orozco, en un artículo en la revista Envío.

Antes de esta reforma de Ortega, la Policía respondía de forma directa al ministro de Gobernación, que actuaba como intermediario entre el poder ejecutivo y la institución de seguridad pública. Después de la reforma, se convirtió en el nuevo Ministerio del Interior que garantiza la seguridad del régimen. “Como Jefe Supremo, Daniel Ortega alcanzó una fidelidad total y objetiva de la Policía Nacional y, al mismo tiempo, se granjeó la fidelidad subjetiva y directa tratando directamente con algunos oficiales de la institución, y otorgándoles prebendas, ascensos en grados y en cargos”, dice Orozco.

Por lo tanto, según explica el defensor de derechos humanos Álvaro Leiva, el responsable de todas las muertes que provocó la Policía y los grupos paramilitares es el presidente Daniel Ortega.

Los familiares de los fallecidos en las protestas siguen marchando en Managua. LAPRENSA/Archivo

Por tal razón, ANPDH el pasado 26 de abril presentó ante el Ministerio Público, cuando habían confirmado 44 muertes, una denuncia de acción pública en contra de los responsables de la matanza por cadena de mando: Daniel Ortega, presidente; Rosario Murillo, vicepresidenta; Aminta Granera, directora de la Policía, y Francisco Díaz Madriz, subdirector de la Policía.

En el mismo orden, en la denuncia se señalan a ocho comisionados mayores: Sergio Gutiérrez, segundo jefe de la Policía Nacional; Juan Valle Valle, jefe de patrulla de Managua; Vladimir Cerda, jefe de Distrito Cinco de Managua; Donald López, jefe de Distrito Siete de Managua; Félix Villarreal, jefe de Distrito Seis de Managua; Norman Castillo, jefe de Distrito Ocho de Tipitapa, y Marlon Sevilla, jefe de Distrito Diez de Ciudad Sandino.

FUENTE LA PRENSA.COM.NI