Según lel nuevo estatuto, la oposición se declara por partidos, luego son las elecciones de Congreso las que definen los opositores en Senado y en Cámara. (Archivo)

Los movimientos políticos que no apoyaron a Iván Duque a la presidencia tratarán de conformar un bloque de oposición para los próximos cuatro años de su mandato en el Congreso de la República con base en el nuevo Estatuto de la Oposición. 

Este nuevo estatuto, que apunta a brindar garantías políticas a la oposición y de apertura democrática, fue sancionado este lunes y entrará en vigencia desde el próximo 20 de julio cuando se de inicio a la actividad legislativa en el Congreso. Del mismo modo, esta normativa fue posible luego de la firma de la paz con la ex guerrilla de las FARC.

Entre los partidos que se perfilan como opositores al próximo Gobierno están el Polo Democrático, Alianza Verde, Decentes y el incipiente partido de las FARC, que se estrena en esta nueva legislatura en la vida política gracias al acuerdo del proceso de paz.

Según la ley, la oposición se declara por partidos, luego son las elecciones de Congreso las que definen los opositores en Senado y en Cámara.

El Estatuto de la Oposición se trató de legalizar desde la expedición de la constitución de 1991 pero en ningún momento encontró voluntad política. En este sentido, los movimientos políticos tendrán la facultad de poder decidir si desde el Congreso optan por ser gobiernistas, independientes o de oposición.

Esto buscaría tener una mayor transparencia al momento de ejercer oposición a las diferentes iniciativas presentadas por el Gobierno y viceversa. 

A propósito, el presidente Santos envío un mensaje a la clase política del país e invitó a dejar atrás el odio, la polarización y la sed de venganza. 

“Que se imponga la moderación. Espero que la oposición al próximo gobierno vuelva por los cauces de la verdad, de la decencia, de los argumentos.”

Al mismo tiempo, afirmó que pese a que su Gobierno tuvo la oposición más férrea de los últimos tiempos, nunca hubo persecución contra ellos.

¿Quién será el jefe de la oposición?

Luego de la derrota presidencial, Gustavo Petro indicó que desde ese mismo día asumiría la batuta de la oposición. Básicamente así ha sido el papel del excandidato por estos días ante la escalada de la violencia homicida en el país. Sin embargo, no todos los partidos que pueden considerarse de oposición al Gobierno de Duque están de acuerdo con el liderazgo de Petro. 

Petro, quien ahora será senador, dijo que la norma pueda decir bellezas, “pero si se mata, si se impide acceso al poder en lo tácitamente logrado, no habrá garantías a ningún movimiento político que se llame oposición en Colombia”.

Uno de los principales opositores a esta posición es la de Jorge Robledo, senador del Polo Democrático que siempre ha jugado un papel importante de oposición desde el Congreso en los diferentes gobiernos. 

Al respecto, Robledo sostuvo que la norma que declaró exequible la Corte Constitucional permite que cada bancada de oposición tendrá su propio vocero y que habrá lugar a consensos y otros en los que se asumiría una posición particular. 

En una entrevista para El Tiempo sostuvo que no reconocerá a Petro como jefe de la oposición y criticó el matoneo de las “barras bravas del petrismo” en las redes sociales.

¿Qué contiene esta ley?

• 5% adicional de financiación entre los partidos que se declaren en oposición.

• 30 minutos mensuales en medios de comunicación. Será la autoridad electoral quien defina su distribución.

• Espacio de 20 minutos el día de instalación de la sesiones del Congreso, a cargo del presidente de la República.

• Podrán controvertir las alocuciones presidenciales dentro de los 2 días siguientes y en los mismos términos que estas se hubiesen realizado. Este derecho se podrá ejercer máximo 3 veces al año.

• Un puesto en la mesa directiva de las plenarias de las Corporaciones Públicas.

• Derecho de réplica frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por el presidente de la República, ministros, gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de entidades descentralizadas y por cualquier otro alto funcionario oficial. Se le deberá dar la posibilidad de responder en forma oportuna, y con tiempo, medio y espacio por lo menos iguales.

• Tendrán al menos una de las posiciones en la mesa directiva de las plenarias del Congreso.

• Determinar el orden del día de la sesión plenaria y comisiones permanentes, tres (3) veces durante cada legislatura del Congreso.

• Transparencia en cuentas del Plan de Desarrollo.

• Gobierno deberá hacer público en los portales web institucionales los programas y proyectos que se pretendan ejecutar.

• Deberán publicarse las modificaciones o adiciones a su articulado presentadas en el trámite de la construcción de dichos planes plurianuales y los congresistas, diputados y/o concejales autores de las mismas.

• Quienes hagan parte de movimientos en oposición no podrán ser designados en cargos del gobierno, ni siquiera dentro de los 12 meses siguientes a su renuncia al movimiento político.

• Se crea la acción de protección de los derechos de oposición, el cual deberá resolverse por la autoridad electoral en unos términos similares a la tutela.

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