El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela rechazó el recurso de nulidad por inconstitucionalidad introducido por la fiscal general, Luisa Ortega Díaz.
Según el comunicado de la Sala Constitucional, el procedimiento de la fiscal es “nulo de toda nulidad y carente de validez, existencia y eficacia jurídica; y quienes participen en ellos están sujetos a la responsabilidad penal, civil y administrativa que corresponda”.
El recurso de la fiscal se trataba de una “impugnación” contra 13 jueces principales y 20 suplentes que fueron escogidos por el Parlamento tras el triunfo de la oposición en las elecciones legislativas del 2015.
La designación se llevó a cabo en una sesión convocada de imprevisto días antes de que el chavismo entregara el mando de esta instancia el 5 de enero de 2016.
La demanda fue declarada inadmisible por supuestamente “haber operado la cosa juzgada”, ya que en el sentencia Nº 614 se estableció que”“cualquier comisión o artificio o acción que tenga el objeto de anular la designación de magistrados subvierte el procedimiento constitucional para la remoción de los magistrados del TSJ y, por lo tanto, es írrito y nulo de toda nulidad”, indica el comunicado del TSJ.
“Se ORDENA remitir copia certificada del presente fallo a la Sala Plena de este Alto Tribunal y al Consejo Moral Republicano, para que ejerzan las actuaciones que correspondan, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y jurídicas en general”, indica la decisión de la sentencia conjunta del pasado 12 de junio.
Por su parte, la fiscal Luisa Ortega Díaz, había afirmado que si “los magistrados involucrados en la demanda no se inhiben, [ella] los recusa de pleno derecho”.
“No fue fácil para mí [la fiscal] acceder a las actas de la designación de magistrados, ese proceso estaba viciado. Dije eso está mal hecho y no voy a firmar”, indicó el pasado lunes 12 de junio cuando decidió impugnar a los magistrados.
“Los magistrados, por la salud del país, debería ser desincorporados de forma inmediata”, opinó ella.
FUENTE: PAN AM
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